Detalle de los puntos fundamentales de la Nueva Ley de Alquileres aprobada en el día de ayer, Miércoles 11 de Octubre de 2023, por la Cámara de Diputados de la Nación, a la espera de la publicación en Boletín Oficial, para entrar en vigencia.
Se recuerda que hasta que entre en vigencia, los contratos seguirán bajo la ley sancionada en julio de 2020.
SE MANTIENE:
• PLAZO: De 3 AÑOS la duración del contrato.
• ANTICIPOS: El tope de un mes para los anticipos.
SE MODIFICA:
• ACTUALIZACIÓN: Tope mínimo SEMESTRAL. La reforma establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, a diferencia de la actual que es anual.
• Fórmula para actualizar los alquileres: los precios de los alquileres se actualizarán en base al coeficiente de “Casa Propia” utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Este índice estará “conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina”.
• EN PESOS: La ley aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional. Tampoco la publicidad de los inmuebles en alquiler puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
• INCENTIVO FISCAL PARA MONOTRIBUTISTAS: Se dispone que “los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
• EXENCIÓN DE BIENES PERSONALES Y DE IMPUESTOS AL CHEQUE: Se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional y la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.
• GANANCIAS: Se estableció que “las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.
Fuente: La Nación. Página12